Edicion marzo 31, 2026

CNE estudia posible inhabilidad de Micher Pérez y pone en revisión su candidatura a la Alcaldía de Fonseca

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El Consejo Nacional Electoral (CNE) avocó conocimiento de una solicitud de revocatoria de la inscripción de la candidatura de Micher Pérez Fuentes a la Alcaldía de Fonseca, en el marco de las elecciones atípicas previstas para el próximo 3 de mayo de 2026.

La actuación se origina tras una petición presentada por un ciudadano, quien solicitó verificar si el aspirante se encuentra inhabilitado, al haber ejercido funciones como alcalde del municipio hasta el 12 de febrero de 2026, pese a que su elección anterior fue anulada por el Consejo de Estado.

De acuerdo con el documento, la solicitud se sustenta en lo establecido en el artículo 95 de la Ley 136 de 1994, que prohíbe inscribirse como candidato a alcalde a quien haya ejercido autoridad política, civil o administrativa en el respectivo municipio dentro de los doce meses anteriores a la elección.

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En ese sentido, el CNE inició un proceso administrativo con el fin de verificar si se configura dicha causal de inhabilidad, teniendo en cuenta que la nueva jornada electoral se realizará menos de tres meses después de la fecha en que Pérez Fuentes dejó de ejercer funciones como mandatario local.

Como parte del trámite, el magistrado sustanciador ordenó requerir a la Registraduría Nacional del Estado Civil información sobre la eventual inscripción del candidato y los documentos correspondientes. Asimismo, solicitó a la Alcaldía de Fonseca certificar el periodo exacto en que el aspirante ejerció funciones, así como las actividades desarrolladas durante ese tiempo.

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De igual forma, se otorgó un término de tres días tanto al peticionario como al propio Micher Pérez Fuentes para que aporten pruebas y presenten los argumentos que consideren pertinentes dentro de la actuación administrativa.

El CNE precisó que esta actuación busca garantizar el cumplimiento de las normas electorales y los principios de legalidad e igualdad en la contienda. Contra este auto no procede recurso alguno, por tratarse de una decisión de trámite.

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Al cierre de esta edición no se conocía una decisión de fondo sobre la validez de la candidatura. El proceso continuará con la evaluación de las pruebas recaudadas antes de que el organismo electoral adopte una determinación definitiva.

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