La CREG levantó una polvareda con la expedición el 18 de diciembre pasado, para comentarios hasta el 15 de este mes, de la Resolución 701 028, mediante la cual “se adoptan reglas transitorias en el precio de bolsa del Mercado de energía mayorista durante el período del Fenómeno de El Niño”, asumiendo que este se prolongará hasta el mes de abril, cuando según la NOAA se podría prolongar hasta el mes de junio.
Según el Ministro Camacho, “ninguna de las medidas tomadas va a afectar negativamente las tarifas de energía. Nosotros venimos, desde que arrancó el Gobierno, con el propósito de bajar las tarifas de energía y todas las medidas que estamos tomando buscan cumplir ese propósito”. Y añadió, “la medida que se está adoptando tiene unas condiciones que buscan aplicar en uno de los segmentos de la cadena que es la generación”. Él está pensando con el deseo. El quid del asunto está en que la adopción de tales condiciones “que busca aplicar en uno de los segmentos de la cadena”, terminan por afectar a los otros segmentos de la misma cadena y al final no sólo puede hacer nugatorio lo que se propone sino que lo puede tornar contraproducente. Y este es el caso.
De aplicarse la disposición prevista en esta Resolución que le establece un techo al precio en Bolsa, este sólo impacta, en promedio, al 20% de la energía transada, lo cual limita su efecto, traduciéndose en una reducción en uno de los cargos de la fórmula tarifaria, el de la generación (G), que podría representar una baja entre $60 y $100 el KWH. Pero, concomitantemente, como lo afirma el Director ejecutivo de Óptima consultores Alejandro Lucio, “la resolución de intervención pone a cargo de la demanda, a través del componente de restricciones, el diferencial entre el costo de la generación térmica y el nuevo precio de bolsa intervenido”. Ello se traducirá en un incremento en la tarifa al usuario final de $350 por KWH, aproximadamente, a través del cargo por restricciones (R) de la fórmula tarifaria. Si descontamos de este la disminución en el cargo por generación (G), el saldo neto en contra del usuario un incremento entre el 25% y el 30% en su factura de electricidad.
Por lo demás, como lo acota el experto Alejandro Lucio, la cifra de $530 por KWH, que sale del magín de la CREG, es “un valor completamente arbitrario. En esencia, se les limita su margen (a las hídricas), pero no se les acaba. Percibir ese valor puede ser un costo de oportunidad, pero no dejan de percibir rentas interesantes cuando venden su energía”. Y para rematar “además, y acá está la paradoja, se les está techando el precio que deben pagar por aquella generación que no puedan producir, justo cuando no la van a producir. Al final se les hace un favor” al generador hídrico a expensas de los usuarios, que es al que, según el Ministro Camacho, se busca proteger de los abusos de posición dominante en que incurran los generadores.
Como lo acota el Director ejecutivo de ANDEG Alejandro Castañeda, al fijar el precio en Bolsa de $532 por KWH, se asume por parte de la CREG que, “el precio de generación con gas natural nacional, el cual sólo representa el 3% de la energía en firme del país, dejando al 70% de las plantas térmicas subremuneradas, sin posibilidad de recuperar el capital invertido y sin rentabilidad”, atentando contra uno de los principios rectores de esta actividad, según lo reconoce la Ley de servicios públicos, el de las suficiencia financiera, que va de la mano con el de los costos eficientes.
A todas las críticas que desde distintos flancos le han llovido a la Resolución de marras, el Ministro Camacho se ha limitado a afirmar, pero sin ningún sustento técnico, que “los impactos que esto pueda tener en otros segmentos, como en las restricciones o en la comercialización y distribución, los estamos evaluando y tomando medidas para cumplir el propósito de bajar tarifas”. Y repite la cantinela de que “todas las medidas están orientadas a bajar las tarifas y tener costos eficientes y justos para la gente”. Pero los hechos son tozudos, como lo sostiene la Directora ejecutiva de ASOENERGÍA Sandra Fonseca, “la gran mayoría de los colombianos podrían estar pagando alrededor de 2,4 billones de pesos más en sus facturas de energía entre enero y abril del 2024 en caso de materializarse el proyecto de resolución”.
Esta medida, de aplicarse tal cual como está proyectada, agudizaría la tendencia inercial al alza de la tarifa de energía y de paso acarreará, como lo sostiene el experto Alejandro Lucio, “mayores costos por confiabilidad, asumiendo que esos requerimientos de firmeza se consigan completar en la próxima subasta de cargo por confiabilidad, o en el peor de los casos, un no muy lejano déficit de energía firme que en el próxima sequía, y por qué no en la que estamos viviendo, nos lleve al apagón”.
Esta alza en la tarifa de energía se vendría a añadir a la que se derivará del cobro a partir de la factura de enero de este año, como lo dispuso la Resolución 101 029 del 24 de noviembre de 2023 expedida por la CREG, de la deuda, con sus intereses causados, que por concepto de la opción tarifaria tienen todos los usuarios con las empresas prestadoras del servicio de energía que, como es bien sabido sobrepasa la suma de los $5 billones, cuyo impago las había puesto en calzas prietas, al punto que el Gobierno tuvo que abrirles un crédito en FINDETER para solventarlas y evitar así un apagón financiero de las mismas. Esta es la cereza del pastel envenenado de la espiral alcista de las tarifas de energía, la cual tiene su principal catalizador en el déficit en la oferta de energía, debido al atraso y al aplazamiento de importantes proyectos, tanto de generación como de transmisión, con un margen de maniobra que no supera el 5%, manteniendo al Sistema interconectado nacional (SIN) en el máximo grado de stress!