Edicion noviembre 25, 2024
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En el Caribe comes o pagas energía

En el Caribe comes o pagas energía

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Columnista - Luis Alonso Colmenares Rodríguez
Columnista – Luis Alonso Colmenares Rodríguez

La región Caribe está enfrentando la difícil disyuntiva entre comer o pagar energía. La reciente jornada de protesta que fue convocada y liderada desde Barranquilla por la politóloga y activista Karol Solís Menco, ha puesto de relieve una problemática que afecta no solo a esta ciudad sino al caribe en general: el elevado costo de las tarifas de energía eléctrica.

Este fenómeno, lejos de ser un caso aislado, refleja una situación de descontento generalizado para que lo deben resolver a la mayor brevedad porque se está calentando y puede terminar mal. Ya la gente está cansada de tener que priorizar sus gastos en muchos hogares: o pagan la energía o comen porque no alcanza para las dos cosas.

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La participación masiva de la gente en la protesta, tanto en Barranquilla como en las demás capitales de la región caribe, es un claro indicativo de que el costo de la energía eléctrica ha superado la capacidad de pago de muchos, poniendo en riesgo no solo el bienestar económico sino también la seguridad alimentaria de los ciudadanos.

Varios factores contribuyen a hacer más costoso el valor que debe pagar el usuario por el consumo de energía: el régimen especial tarifario del artículo 318 de la ley 1955 del plan de desarrollo del gobierno Duque que agrega las pérdidas técnicas incluyendo hurtos y fraudes, de tal manera que el usuario honesto asume el pago del consumo del usuario ladrón; las inversiones futuras de la empresa prestadora del servicio que le cobran de manera anticipada al usuario; el cargo del impuesto de alumbrado público y, adicionalmente, la tasa de seguridad. ¡Mandan cachaza!

¿Además de la contribución del 5% que se retiene a los contratos de obra pública, cobran otra tasa de seguridad en la tarifa de energía? ¡Nojoda Rosa!

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La demanda de “Tarifas Justas Ya” no es solo un clamor por precios más bajos, sino también por un sistema tarifario que refleje de manera justa y transparente los costos reales de la generación, transmisión y distribución de energía. ¡O pagas energía o dejas de comer!

Así tenía que haber sido el sentido del artículo 318 de la ley del plan de desarrollo del gobierno Duque que aprobaron todos los congresistas costeños y ahora están renegando todos, con cara de yo no fui, para hacerle creer a la gente que están molestos. ¡Hipócritas!

La propuesta de reducción de tarifas de energía en Colombia, mencionada por el presidente Gustavo Petro, sugiere un cambio en la fórmula tarifaria para evitar una “transferencia de riqueza masiva” de los usuarios a las empresas de energía. Esta propuesta, aunque aún no ha sido detallada en su totalidad, apunta a una reestructuración del sistema tarifario que podría aliviar la carga financiera sobre los usuarios sin comprometer la sostenibilidad del sector energético. Y en ese sentido también lo pudo establecer la ley 2294 del plan desarrollo del gobierno Petro, derogando de manera expresa el maldito artículo 318 de la ley 1955.

Las protestas en la región caribe son el reflejo de una problemática más amplia que afecta a Colombia y requiere una solución integral. Es imperativo trabajar conjuntamente el gobierno, las empresas de energía y la sociedad civil. Esto implica revisar y ajustar las fórmulas tarifarias para encontrar un equilibrio entre la sostenibilidad de las empresas de energía y la capacidad de pago de los usuarios que también promueva la eficiencia y el ahorro energético.

Aunque no solo implica ajustes en las tarifas sino también inversiones en eficiencia energética, diversificación de la matriz energética hacia fuentes más limpias y accesibles, y una gestión más eficiente y transparente del sector. La energía eléctrica es un servicio esencial, y como tal se debe garantizar el acceso a todos los ciudadanos para tener una vida digna y sostenible.

En todo caso, bien podría el gobierno tomar la decisión de modificar las tarifas de energía de manera excepcional, aplicando el artículo 126 de la Ley 142, modificado por el artículo 52 de la Ley 2099, cuando sea evidente que hayan cometido graves errores de cálculo o se lesionan injustamente los intereses de los usuarios, como es el caso de la Región Caribe.

Y como dijo el filósofo de La Junta: “Se las dejo ahí… @LColmenaresR

 

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