La medida regirá de 9:00 p.m. a 5:00 a.m.
La Alcaldía de Uribia, encabezada por Jaime Luis Buitrago García, emitió el Decreto 116 de 2025, mediante el cual se ordena un toque de queda nocturno en el área urbana del municipio. La medida regirá del 26 al 28 de febrero, en el horario de 9:00 p. m. a 5:00 a. m., con el objetivo de preservar la seguridad y el orden público tras los recientes hechos de homicidio ocurridos en la localidad.
La decisión fue tomada tras un Consejo Extraordinario de Seguridad, donde se analizaron los hechos violentos recientes que han generado preocupación en la comunidad. Según el decreto, la medida busca garantizar la protección de los habitantes, apoyar las labores de investigación y evitar nuevas alteraciones del orden público.
El toque de queda restringirá la circulación de personas y vehículos durante las horas establecidas, con excepciones específicas para ciertos sectores esenciales.
El decreto contempla que podrán movilizarse durante el horario de restricción:
• Personal de salud y emergencias, incluidas las misiones médicas de la OPS.
• Personas que requieran asistencia médica urgente o cuidado de menores, adultos mayores y personas con discapacidad.
• Trabajadores de farmacias, distribución de medicamentos y productos de salud.
• Fuerzas Militares, Policía Nacional y organismos de seguridad del Estado.
• Servicios funerarios y actividades relacionadas con entierros y cremaciones.
• Restaurantes de hoteles, que podrán atender exclusivamente a sus huéspedes.
El decreto también prohíbe la atención al público y el consumo de bebidas alcohólicas en bares, discotecas, estancos y establecimientos similares durante el horario del toque de queda. Sin embargo, no se restringe el expendio de licor para consumo privado.
Además, se limita la circulación de ciclotaxis, mototaxis y motocicletas con parrillero, tanto hombres como mujeres, en el horario de 9:00 p. m. a 5:00 a. m. durante los días que rige la medida.
Es de precisar que, quienes incumplan el toque de queda o las restricciones establecidas enfrentarán sanciones conforme al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801), el Código Penal (Artículo 368) y el Decreto 780 de 2016. En el caso de los ciclotaxis y mototaxis que violen la restricción de movilidad, estos serán inmovilizados y puestos a disposición del Inspector Central de Policía.
Las autoridades municipales y la Policía Nacional, bajo la coordinación del Secretario de Gobierno y Asuntos Administrativos de Uribia, estarán a cargo de los operativos de control para garantizar el cumplimiento del decreto.
El Decreto 116 de 2025 entra en vigor desde su publicación y tendrá validez hasta el 28 de febrero de 2025. Las medidas podrían ser ajustadas según la evolución de la situación de seguridad en el municipio.
La Alcaldía de Uribia hace un llamado a la comunidad a acatar las disposiciones y contribuir con las autoridades para el restablecimiento del orden y la seguridad en la región.
