Frente a las pretensiones de Petro de desconocer las elecciones y las amenazas de agitación popular, la institucionalidad colombiana cuenta con las herramientas legales y el mandato militar para garantizar la transición del poder el 7 de agosto.

(Negrindio)
Colombia es un Estado social de derecho, organizado de forma democrática, donde el presidente es elegido por el soberano —el pueblo— para ejercer una representación temporal de cuatro años. El mandato de Gustavo Petro tiene fecha de vencimiento el próximo 7 de agosto de 2026; ni un día más, ni un día menos.
La negativa del presidente a reconocer los resultados electorales del 31 de mayo sienta un precedente alarmante. De mantener esta postura ante los comicios del 21 de junio —en un eventual triunfo de Abelardo de la Espriella—, el país se enfrentaría a una ruptura flagrante del orden legal. El jefe de Estado carece de competencia constitucional para cuestionar o invalidar los escrutinios, una función que la Carta Magna otorga exclusivamente al Consejo Nacional Electoral (CNE). La Constitución de 1991 es clara: blinda la democracia contra los caprichos o ambiciones de cualquier mandatario.
El rol constitucional de la Fuerza Pública
El núcleo de ese blindaje es el artículo 217 constitucional, el cual le da a las Fuerzas Militares la misión de defender la soberanía, la independencia y la integridad del orden democrático. Quien pretenda prolongar su permanencia en el poder sin un mandato legítimo incurre, de forma automática, en la usurpación de funciones públicas. En ese escenario, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional deben actuar, como el factor real de poder que son, para restablecer el orden constitucional. Las armas de la República no le pertenecen a un caudillo; son del Estado y están subordinadas a la ley. El presidente es su comandante en jefe únicamente mientras conserve la legitimidad del cargo.
Gustavo Petro ha demostrado no ser un demócrata. Viola la Constitución al intervenir en política a pesar de tenerlo expresamente prohibido, irrespeta la autonomía de los poderes públicos e incita a la confrontación al exhibir la bandera roja y negra de la muerte. Además, incumple sus promesas y radicaliza su discurso. En Montería dijo: «Si ganan, estaré yo en las calles… otra vez con mi pueblo a defender la justicia social», dejando claro que no está dispuesto a reconocer un eventual triunfo de Abelardo de la Espriella.
También, instrumentaliza la minga indígena para alterar el orden público y legitima las acciones radicales de la Primera Línea con el fin de sembrar el caos. Esta constante agitación popular, sumada a la amenaza de imponer una asamblea constituyente por vías de facto para perpetuar su proyecto político, configura un riesgo real para nuestro Estado de derecho.

La fecha límite: 7 de agosto a las 3:00 p. m.
La estrategia de Petro para retener el poder apunta a desconocer las elecciones del 21 de junio, buscando asegurar la continuidad de su proyecto político a través de Iván Cepeda. Sin embargo, la realidad jurídica es inflexible: el 7 de agosto de 2026, exactamente a las 3:00 de la tarde, dejará de ser el presidente de Colombia. En ese instante expirará su juramento constitucional y, si se niega a permitir una transición pacífica, se convertirá, ante la ley y la historia, en un gobernante de facto.
Bajo esa premisa, las Fuerzas Militares quedarían liberadas de cualquier deber de obediencia y asumirían la obligación perentoria de desconocer sus órdenes para proteger la institucionalidad. La obediencia debida se extingue en el instante exacto en que se vulnera la Carta Magna; las fuerzas del orden deben lealtad a la República, nunca a las personas.

Las consecuencias penales de la ilegalidad
Petro cometería los delitos de rebelión, sedición y usurpación de funciones públicas. Ante tal flagrancia, la Fiscalía General de la Nación y la Corte Suprema de Justicia actuarían de inmediato para emitir las órdenes de captura correspondientes, respaldadas por un Congreso de la República facultado para posesionar al nuevo mandatario.
Resulta imperativo atender las alarmas que anticipan un segundo estallido social ante la eventual victoria de Abelardo de la Espriella. El binomio Cepeda-Petro, fiel a la ortodoxia marxista, no concibe el poder como una delegación transitoria, sino como un patrimonio que hay que retener a cualquier precio. Aunque intenten encender las calles para revertir el dictamen popular, se estrellarán contra una realidad incontrovertible: en Colombia, el poder reside en la Constitución y no en el control físico de la Casa de Nariño.
La democracia colombiana ha resistido los embates más oscuros de su historia contemporánea gracias a la solidez de su andamiaje institucional. Si el actual mandatario decide jugar con fuego y desconocer el voto soberano, chocará contra un muro jurídico y militar insalvable. En este país, la Constitución siempre estará por encima de cualquier asomo de dictadura.
La tesis de esta columna no promueve, bajo ninguna lectura, un alzamiento militar ni un golpe de Estado. Al contrario, su propósito es exigir que la Fuerza Pública preserve estrictamente el orden constitucional ante cualquier intento de ruptura de la legalidad.






