Edicion abril 22, 2025
CUBRIMOS TODA LA GUAJIRA

Juicio “exprés” contra Uribe y respeto a las partes procesales

Juicio “exprés” contra Uribe y respeto a las partes procesales
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Columnista- Fabio Olea Massa (Negrindio)
Columnista- Fabio Olea Massa (Negrindio)

Aunque sigue el mismo procedimiento que cualquier otro caso, decir que el juicio contra Álvaro Uribe es uno más de muchos que se tramitan en los juzgados penales es desconocer nuestra realidad judicial. Este juicio tiene características especiales por su carácter mediático, por quién es el acusado y por el trámite acelerado (anormal) con que se adelanta; todo lo cual no es común en cualquier otro proceso. Este caso, demasiado publicitado, está bajo el escrutinio público de todo el país; es seguido diariamente por miles de personas a través de canales digitales, entre expertos y legos que comentan las actuaciones de cada sesión, y en el banquillo de los acusados está sentado nada menos que un expresidente de la República. Detalles no menores que marcan una diferencia.

No es lo mismo juzgar a un expresidente que a cualquier ciudadano anónimo, en un juicio que no goce de tanta atención mediática y pública. En ningún otro juicio, como en este, se realizan sesiones seguidas cuatro días a la semana, como las programadas por la jueza 44 penal que dirige el proceso. ¿A qué se debe esto? ¿Por qué está por prescribir? Vaya y averigüe los miles de procesos que hay en la misma situación en Colombia y si los jueces a cargo les dedican la misma exclusividad.

La prescripción de la acción penal es consecuencia de la ineficiencia de la justicia, y eso no es culpa ni de los abogados defensores ni de los procesados. Es lo más cotidiano en Colombia, donde la Fiscalía no da abasto para investigar y los jueces están recargados de trabajo. El sistema oral penal, que se implementó para la celeridad de los procesos, está colapsado. La justicia penal funciona muy mal.

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Juicio “exprés” contra Uribe y respeto a las partes procesales

Por cuenta de la prisa de la señora juez, en su afán de evitar la prescripción, ha convertido este juicio en un proceso “exprés”, llevándose por delante el debido proceso y vulnerando garantías procesales del acusado Uribe. Su actuación deja mucho que desear en cuanto a su imparcialidad. Incluso ha obstaculizado el trabajo de la defensa, cortándole abruptamente la palabra, negando pruebas pertinentes o rechazando peticiones que debería motivar, pero no lo hace.

Abusos como los de la señora jueza son cometidos por jueces con más frecuencia de lo que se cree, pero no trascienden o los defensores no se atreven a protestar por temor a que los jueces les compulsen copias, aduciendo “falta de respeto”, que es la amenaza preferida de los jueces para amedrentar a los abogados. O tal vez porque no tienen el nombre ni el prestigio del defensor de Uribe, quien enfrenta a la jueza y le advierte que no permitirá que se atropellen los derechos de su cliente. Jaime Granados (el defensor) ya le ha ganado varias tutelas a la jueza, precisamente por sus arbitrariedades. Aquí lo hemos dicho: la jueza no es garantía de imparcialidad en este juicio, y los hechos lo demuestran.

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Ante el comportamiento descortés de algunos jueces, los abogados no debemos tolerar ninguna intimidación y sí ponerlos en su sitio con firmeza. No permito que ningún juez se luzca conmigo. En una ocasión, en plena audiencia, me tocó, por ética, defender a un colega al que el juez no trataba bien, e intervine para pedir respeto para mi colega. Por supuesto, eso no le gustó al juez, quien me dijo que el asunto no era conmigo (no fuera “sapo”), a lo que le respondí que respetara el ejercicio profesional y no actuara como un juez inquisidor.

Admiro al litigante que se hace respetar con decencia e inteligencia frente a jueces arbitrarios que creen que, porque portan una toga, pueden avasallar a los demás. Ningún profesional del derecho que haga bien su trabajo debe sentir temor de defender los derechos de su cliente ante abusos cometidos por el juez. Debe protestar con el debido respeto, sin que le deba ninguna reverencia al juez más allá del trato que, como autoridad, merece. Asimismo, el juez también está obligado a respetar la dignidad humana y profesional de todo abogado.

Lo último ocurrido en este juicio “exprés” es la decisión de la Corte Suprema que ordenó suspenderlo hasta tanto se resuelva la recusación contra la juez, propuesta por la defensa. La recusación no fue tramitada en legal forma, sino rechazada de plano por la funcionaria, violando el debido proceso. Por lo cual, la Corte le concedió una tutela al acusado, que en primera instancia había negado el tribunal de Bogotá.

El expediente pasa ahora a la jueza 45 del circuito penal, quien debe decidir sobre la recusación. Si es infundada, el caso continuará a cargo de la jueza 44 del circuito penal; de lo contrario (procedente), deberá asignarse un nuevo juez para que continúe el proceso.

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