Corte Constitucional protege derechos de estudiantes de Universidad Antonio Nariño en Riohacha
La Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional, concedió la protección de los derechos fundamentales a la educación, al debido proceso y a la confianza legítima de los estudiantes de la Universidad Antonio Nariño -UAN- que cumplieron para beneficiarse de las ayudas económicas entregadas por parte del departamento de La Guajira y de la Universidad Antonio Nariño.
Lo anterior, luego de una batalla jurídica de los estudiantes, que pese a cumplir con todos los requisitos para acceder a los beneficios, en los recibos para el pago de la matrícula de los últimos semestres no se le aplicó el descuento a cargo del Departamento. Al respecto, La Guajira aseguró que no existía convenio vigente.
Es así como en fallo definitivo, la Institución de la rama Judicial, ordena al departamento de La Guajira que continúe con el pago de la porción de la matrícula de aquellos estudiantes que iniciaron sus estudios y cumplieron con los requisitos estipulados en las Ordenanzas 214 de 2007, 232 de 2008, en el Decreto 205 de 2007 y en el Convenio 041 de 2015 hasta tanto los estudiantes que inicialmente fueron favorecidos con los descuentos en sus matrículas culminen sus carreras o hasta que incumplan con los requisitos previamente definidos.
Igualmente, la Universidad Antonio Nariño debe proceder a devolverles a los estudiantes los pagarés firmados por ellos y debe asegurarse de seguir aplicando los descuentos en los desprendibles de pago de matrícula de aquellos estudiantes que cumplan con los requisitos, también hasta la culminación de sus carreras o hasta que incumplan con los requisitos previamente definidos.
La medida ordenada se extiende a los antiguos estudiantes de la Universidad, que han sido beneficiados con los subsidios derivados de dichas Ordenanzas y convenios a quienes se les haya suspendido el apoyo económico pese a cumplir los requisitos para ser beneficiarios de este, hasta que culminen sus carreras universitarias.