Juez de segunda instancia confirma decisión a favor del Concejo Municipal de Uribia y declara improcedente tutela interpuesta por abogado el Janner Pérez Brito
En el fallo de segunda instancia, deja claro que el abogado Janne Pérez Brito no demostró un perjuicio irremediable para amparar sus derechos solicitados y aporto acapites de jurisprudencias que no venían al caso en concreto tratando de hacer entrar en error al juez de tutela.
El fallo inicial del Juzgado Promiscuo Municipal de Uribia, emitido el 15 de mayo de 2024, había declarado improcedente la acción de tutela.
El juez de segunda instancia reiteró la improcedencia de la tutela, afirmando que la acción constitucional no puede reemplazar los recursos ordinarios disponibles en la jurisdicción contenciosa administrativa.
El juez también recordó la importancia de mantener el respeto y decoro en las actuaciones judiciales, rechazando las insinuaciones indecorosas de Pérez Brito hacia la jueza de primera instancia.
En conclusión, el Juzgado Primero Civil del Circuito de Maicao ratificó que el accionante debe agotar los mecanismos judiciales ordinarios antes de recurrir a la tutela, confirmando así la improcedencia del amparo solicitado.