
Aproveché el fin de semana para revisar detenidamente el Decreto 480 de 2025 que establece el Sistema Indígena de Salud Propia e Intercultural (SISPI) como política de Estado. Y debo afirmar de manera categórica: lo que se presenta como un avance para la autonomía de los pueblos indígenas podría convertirse en una puerta abierta a la corrupción y al abandono sanitario de las comunidades más vulnerables.
Estamos frente a un instrumento legal que, bajo el velo del respeto cultural, podría empeorar la ya crítica situación de salud que enfrentan estos pueblos.
El Convenio 169 de la OIT establece que “los gobiernos deberán velar porque se pongan a disposición de los pueblos interesados servicios de salud adecuados”, y el decreto 480 distorsiona ese espíritu del Convenio 169 que en ningún momento sugiere la creación de sistemas paralelos con mínima supervisión estatal, como propone el SISPI, sino que exige a los gobiernos garantizar servicios de salud adecuados y que sean administrados en cooperación con los pueblos indígenas, pero bajo responsabilidad estatal.
El SISPI, tal como está diseñado, diluye la responsabilidad del Estado y la traslada a estructuras que, en la práctica, han demostrado priorizar el enriquecimiento personal sobre el bienestar colectivo.
El decreto, lejos de garantizar el derecho fundamental a la salud, institucionaliza un sistema que, bajo el manto de la “autoridad tradicional”, facilita el enriquecimiento de unos pocos y deja en el abandono a los más vulnerables. Basta ver lo que sucede en La Guajira, donde algunos líderes indígenas viven como jeques árabes, rodeados de escoltas, en mansiones y con carros de alta gama, mientras los niños wayuu siguen muriendo de desnutrición y enfermedades prevenibles.
Cuatro peligros concretos para la salud indígena.
Primero, el decreto entrega la vigilancia y el control del sistema a los mismos actores que lo administran. El ratón cuidando el queso. El artículo 67 permite que cada pueblo defina su propio “Mandato Propio” para el seguimiento y control del SISPI, eliminando la supervisión estatal efectiva. Esto es autovigilancia, y ya sabemos en La Guajira lo que significa: corrupción, negligencia y ausencia de sanciones.
Segundo, el decreto exime a las instituciones propias de salud indígena del cumplimiento del Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud (artículo 29, parágrafo 2). Así, pueden operar sin estándares mínimos de calidad, infraestructura o personal calificado. En una región donde hay puestos de salud sin medicamentos ni médicos, esto es abrir la puerta a la improvisación y el abandono.
Tercero, la asignación de recursos para transporte asistencial y multimodal (artículos 57 y 58) se deja en manos de criterios ambiguos y sin lineamientos técnicos claros. Esto puede terminar en la compra de vehículos de lujo para líderes y autoridades, mientras las comunidades siguen sin ambulancias o transporte digno para emergencias. Ya hemos visto en La Guajira cómo los recursos para salud terminan en carros de alta gama y no en soluciones para los pacientes.
Cuarto, el derecho a la “objeción cultural” (artículo 20) permite rechazar tratamientos médicos bajo argumentos de cosmovisión ancestral, sin límites claros. Aunque el respeto cultural es fundamental, este artículo puede ser usado para negar vacunas, atención neonatal o intervenciones de urgencia, como ya ha ocurrido en otras regiones del país con brotes de enfermedades prevenibles por rechazo a la medicina occidental.

Cuatro riesgos financieros que abren la puerta al saqueo.
En el plano financiero, el decreto es una bomba de tiempo. El artículo 48 autoriza transferencias directas de recursos de la ADRES a los territorios indígenas, sin exigir mecanismos sólidos de rendición de cuentas ante el Estado. En La Guajira, donde los recursos públicos han sido desviados por líderes que viven como magnates, esto es una invitación al saqueo.
Además, el artículo 53 exime a las EPS indígenas del pago de tasas de vigilancia a la Superintendencia de Salud. Sin vigilancia ni sanciones, se perpetúan prácticas como en 2022 que reportaron gastos administrativos desproporcionados mientras la población moría de desnutrición y enfermedades prevenibles.
El artículo 44 permite que los costos del sistema sean definidos por los propios territorios indígenas “según sus sistemas de conocimiento”, sin estándares técnicos ni topes. Esto abre la puerta a la creación de sobrecostos ficticios y facturación de servicios inexistentes, como ya se ha documentado en facturas infladas por rituales de sanación sin soporte médico real.
Finalmente, el artículo 18 permite que los autocensos indígenas sean la base para la asignación de recursos. Esto facilita la manipulación de cifras y la inclusión de “afiliados fantasmas” para recibir más dinero del que realmente corresponde. En La Guajira, ya se han detectado casos donde las EPS indígenas reportan más afiliados que habitantes reales.
El modelo que institucionaliza el negocio y el abandono.
El Convenio 169 de la OIT, que el decreto cita como fundamento, exige que los gobiernos garanticen servicios de salud adecuados y que estos sean administrados en cooperación con los pueblos indígenas, pero bajo responsabilidad estatal. El SISPI, tal como está diseñado, diluye la responsabilidad del Estado y la traslada a estructuras que, en la práctica, han demostrado priorizar el enriquecimiento personal sobre el bienestar colectivo.
En La Guajira, la salud indígena se ha convertido en un negocio privado de unos pocos, que se enriquecen mientras las comunidades sufren. El decreto 480 de 2025 no solo no resuelve este problema, sino que lo institucionaliza. La autonomía sin transparencia es impunidad; la cultura sin control es pretexto para el abuso.
Por eso, hoy dejo esta columna como constancia de mi voz de alerta: este decreto no es lo que necesitan los pueblos indígenas ni lo que ordena el Convenio 169 de la OIT. Es un cheque en blanco para quienes ya han demostrado que ven la salud indígena como un negocio y no como un derecho. Si el gobierno realmente quiere proteger la vida y la dignidad de los pueblos indígenas, debe garantizar auditoría externa, estándares de calidad y sanciones penales para quienes conviertan la salud en botín.
En las actuales circunstancias, es preferible dejar las cosas como están antes que entregar el sistema de salud a quienes han demostrado que su único interés es el lucro personal. La autonomía debe ir de la mano con la transparencia y la rendición de cuentas. De lo contrario, el remedio será peor que la enfermedad, y los verdaderos perjudicados serán, una vez más, los indígenas de Colombia.
Y como dijo el filósofo de La Junta: “Se las dejo ahí…” @LColmenaresR






