Edicion noviembre 24, 2024
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De nada sirve decreto nacional que prohíbe exportación de carbón a Israel

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De nada sirve decreto nacional que prohíbe exportación de carbón a Israel

Columnista - Martín Barros Choles
Columnista – Martín Nicolás Barros Choles

El presidente Gustavo Petro expidió el decreto 1047 del 14 de agosto de 2024, en el cual prohíbe las exportaciones de carbón destinadas al Estado de Israel. Las dos principales concesionarias de la explotación y comercialización del mineral, Carbones del Cerrejón y Drummond, tienen la propiedad del carbón en Colombia y el derecho a manejar el negocio de ventas sin limitaciones ni obligación de pedir permiso. Estas empresas gozan de facultades y atribuciones plenas para comercializar el carbón con naciones interesadas, sin impedimentos para formalizar ofertas comerciales privadas, sujetas a términos de duración, sanciones y penalidades, entre otros, amparadas con garantías, seguros bancarios o prendarios.

El carbón que se despacha de las minas de La Guajira y el Cesar no afecta en nada la exportación del producto con destino a la nación asiática, ya que Colombia, al concesionar de forma total la extracción y comercialización del carbón, está únicamente sujeta al pago de regalías, sobre las cuales se descuentan costos de producción, supuestamente en boca de mina. Sin embargo, también se incluyen transportes y servicios portuarios, globalizando los gastos operativos deducidos de regalías en 30 dólares por tonelada.

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Los ingresos deducidos de los pagos de regalías constituyen ganancias para los operadores, que deben ser declaradas, pagando el impuesto de renta. Lo inconcebible es transformar las regalías en anticipo de pago del citado impuesto, deducible de las rentas que obtienen de las operaciones diferentes e independientes de las ganancias que origina la comercialización del mineral en el exterior.

Por obra de un expresidente reelegido, avalado por una reciente sentencia de la Corte Constitucional, se regala el carbón a los operadores mineros, retribuible con impuestos de renta, cuando la nación tiene derecho a regalías por la extracción del producto en su territorio, independientemente del impuesto nacional de renta que se cause por las ganancias operativas.

Colombia no es dueña del carbón de Cerrejón ni de Drummond, ni siquiera socia, para participar e incidir en el negocio comercial concesionado, debido a la contratación adjudicada, cuyos términos vencen durante la década de los años 30. En síntesis y conclusión, los derechos de regalías territoriales en Colombia financian los gastos de operación de la explotación minera y, a la vez, compensan con abonos deducibles por concepto de anticipo del pago de rentas sobre ingresos líquidos del operador, sobrado de ganancias por ambos lados, exonerado del pago de impuestos por IVA a importaciones, combustibles, vehículos de carga a La Guajira y pago de remesas por transferencias financieras.

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Para hacer efectiva la prohibición de venta de carbón a Israel, primero tendría el presidente que revocar las concesiones de los operadores mineros, reivindicando derechos autónomos en favor de la nación. De lo contrario, se incurriría en hechos graves, con consecuencias futuras fatales, previsibles e injustificables, por violación de acuerdos y tratados internacionales, demandables de manera caprichosa, radical y temeraria. ¿Valdrá la pena lanzarse al vacío, provocando tormentas de comentarios y opiniones que inhiben el desarrollo y progreso, generando pérdida de tiempo y desgaste para el gobierno?

Aun cuando el objeto de la prohibición radica en las ventas, el decreto mencionado alude a exportaciones, limitando el despacho de transporte marítimo desde Colombia con destino directo a Israel. Como no se incluyeron las ventas en el decreto, podría operar la tercerización en el cargue y descargue, en tránsito y reexportación, manejada por empresas navieras, permitiendo que el Estado de Israel reciba, de manera indirecta, carbón remitido desde Colombia. El gobierno del presidente Gustavo Petro no tendría cómo controlar la vigencia del decreto prohibitivo, ya que ni siquiera tiene injerencia para realizar auditorías que permitan suministrar información relacionada con el volumen de extracción, comercialización, valor de ventas en dólares, lugares de destino y registro de comercializadores, liquidación de regalías, etc.

El citado decreto ha alarmado y generado algarabía entre los corruptos beneficiados por las regalías, quienes han comenzado a despotricar contra el presidente, atribuyéndole que perjudicaría a La Guajira y al departamento del Cesar. En La Guajira, no creo que afecte más de lo que ya ha sido perjudicada por aquellos que, en otros hechos negativos para la región, han guardado un silencio hipócrita, sin representantes que hayan liderado su defensa, utilizando las transferencias de regalías para enriquecimientos ilícitos de mandatarios en todos los órdenes (nacional, departamental y local), legisladores, diputados y concejales.

A La Guajira le daría igual si venden y despachan o no carbón a Israel. ¿De qué han servido las regalías recibidas en La Guajira? ¿Dónde estaría el beneficio? En cuentas y bolsillos de quienes gobiernan, y el resto, comprometido en pagos de créditos. Las regalías han servido para incrementar el endeudamiento de la nación, departamentos y municipios mineros. De igual forma, para apropiarse de ellas, a título de robo, sin escrúpulos, en oportunidades ligadas con mandatos y poder.

Las acciones horribles y desastrosas del ejército de Israel contra la humanidad palestina son totalmente repudiables. ¿Cuántas personas deben masacrar o asesinar para saciar su sed de venganza? El mundo rechaza con vehemencia el genocidio, el holocausto y los crímenes que azotan y golpean la Franja de Gaza, en asentamientos palestinos acosados y maltratados, a manera de castigo. Estos hechos brutales dan para mucho, pero no sobra reflexionar y enfriar la cabeza para analizar y repensar un lanzamiento hacia un propósito específico o una aventura, consultando y recibiendo asesorías informativas que empatizan y conjugan con lo que se persigue, para no vagar en el vacío y terminar estrellado.

Los convenios y tratados internacionales son de obligatorio cumplimiento, amparados en disposiciones legales a término estipulado. No todos los israelíes comulgan con la guerra desatada por su gobierno. Es pertinente no romper de tajo unas relaciones de servicios y comercio internacional con Israel. De no cumplirse o limitarse, esto conllevaría demandas de altas cuantías, que vienen desangrando a la nación con pagos billonarios, sin repetir contra los servidores públicos responsables, quienes deberían ser condenados a pagarle a la nación lo que ella pagó por causas de corrupción y responsabilidad en operaciones y fallas en la prestación de servicios públicos. Colombia firmó un tratado de libre comercio (TLC) con Israel, con quien no tiene conflictos bélicos; aún está vigente y debe cumplir con el objeto comercial contratado, no obstante estar en desacuerdo con las arremetidas horrorosas y brutales contra seres humanos palestinos.

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