Rebeca Viloria Ustáriz, madre del médico Eduardo Pinto Viloria, dirigió una carta abierta a la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Barranquilla para solicitar que ordene nuevamente la captura de Dayana Yael Jassir de la Hoz, condenada en segunda instancia por su responsabilidad en el homicidio del profesional.
La petición fue presentada dentro del proceso con radicado 08001600105520160259339, luego de que la Corte Constitucional dejara sin efecto el apartado del fallo que ordenó la captura inmediata de Jassir y dispusiera que el Tribunal adoptara una nueva decisión debidamente fundamentada.
Mediante la Sentencia SU-120 de 2026, correspondiente al expediente T-11.502.376, la Corte amparó los derechos al debido proceso y a la libertad personal de Jassir, exclusivamente en lo relacionado con la orden de captura. La decisión no anuló la condena ni se pronunció nuevamente sobre su responsabilidad penal.

El alto tribunal ordenó que, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la sentencia, la Sala Penal de Barranquilla determine de manera expresa, concreta, individualizada y en un apartado independiente si es necesaria la privación inmediata de la libertad antes de que la condena quede ejecutoriada.
La Corte reiteró que la detención previa a la firmeza de una sentencia penal es excepcional y exige una motivación estricta, en aplicación de las reglas establecidas en la Sentencia SU-220 de 2024.
Ante este escenario, Viloria pidió a los magistrados sostener la medida de aseguramiento mediante una nueva orden de captura. “Ella no puede salir libre. Dejarla en libertad no solo sería una afrenta a la memoria de mi hijo y al dolor de nuestra familia, sino un peligro latente de que la justicia colombiana sea burlada definitivamente”, expresó en el documento.

La madre de la víctima argumentó que existiría riesgo de fuga debido a la capacidad económica y los presuntos vínculos familiares en el exterior que, según afirmó, tendría la condenada. Estos señalamientos corresponden a los argumentos expuestos por Viloria y deberán ser valorados por la autoridad judicial.
También aseguró que existe una investigación en la Fiscalía 28 Seccional por una presunta inducción a falso testimonio. Al tratarse de un proceso en curso, esta afirmación no implica que exista una decisión judicial definitiva sobre esos hechos.
Viloria señaló además que la gravedad de los delitos y la extensión de la pena constituyen elementos que, en su criterio, justifican la privación de la libertad mientras se resuelven los recursos pendientes.
El Tribunal Superior de Barranquilla revocó la absolución emitida en primera instancia y condenó a Jassir a 57 años y seis meses de prisión como determinadora de homicidio agravado, en concurso con porte ilegal de armas agravado y hurto calificado y agravado. La condena todavía es objeto de revisión mediante los mecanismos judiciales correspondientes.
En la carta, Rebeca Viloria también solicitó compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación para que investigue cualquier eventual acto preparatorio de fuga y avance en las actuaciones que estén en curso.
La decisión sobre una nueva orden de captura corresponde exclusivamente a la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla, que deberá aplicar el estándar fijado por la Corte Constitucional y exponer las razones jurídicas que sustenten la medida que finalmente adopte.


