Edicion septiembre 3, 2026

48 horas para llevar agua potable: fuerte orden de la Corte Constitucional en Uribia

48 horas para llevar agua potable: fuerte orden de la Corte Constitucional en Uribia

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Se ordena medidas urgentes por crisis de agua que afecta a comunidades wayuu.

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La grave crisis humanitaria que atraviesan comunidades indígenas de La Guajira llevó a la Corte Constitucional a ordenar medidas cautelares y urgentes para garantizar el acceso a agua apta para el consumo humano, especialmente ante el riesgo que enfrentan niños y niñas wayuu de la zona rural de Uribia.

La decisión fue adoptada por la Sala Especial de Seguimiento a la sentencia que declaró el Estado de Cosas Inconstitucional en La Guajira en 2017, luego de la inspección judicial realizada recientemente en territorio para verificar las condiciones en las que viven las comunidades.

Entre los hallazgos que motivaron la decisión se encuentra la situación de los niños y niñas wayuu de Jojocinto, en Uribia, quienes estarían consumiendo agua proveniente de una fuente contaminada, en la que incluso se ha evidenciado la presencia de heces de animales. Imágenes conocidas durante la inspección dan cuenta del deteriorado estado de la fuente hídrica utilizada por las familias de esta región.

Ante este panorama, los magistrados Carlos Camargo, Vladímir Fernández y Paola Meneses, presidenta de la Corte Constitucional, ordenaron al municipio de Uribia y a la Empresa Departamental de Servicios Públicos Domiciliarios de La Guajira (Esepgua) implementar, en un plazo máximo de 48 horas después de la notificación de la decisión, un esquema temporal de abastecimiento de agua apta para consumo humano para la comunidad wayuu de Waimpiralein y las demás poblaciones que dependen de esta fuente.

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La medida deberá garantizar un suministro periódico, suficiente, accesible y verificable. Para ello, el municipio tendrá que disponer de carrotanques, mientras que Esepgua deberá garantizar tanques de almacenamiento y las condiciones necesarias para la distribución segura del recurso.

La Corte también ordenó que el esquema contemple una caracterización inmediata de la población beneficiaria y establezca aspectos como la fuente de abastecimiento, frecuencia y volumen del suministro, puntos de entrega, mecanismos de almacenamiento, responsables operativos, fuentes de financiación, controles de calidad y mecanismos de seguimiento y verificación comunitaria.

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Esta medida permanecerá vigente mientras persistan las condiciones de riesgo advertidas por el alto tribunal o hasta que las entidades demuestren la existencia de una alternativa segura, suficiente, accesible, sostenible y culturalmente adecuada para las comunidades.

Además, la Corte ordenó al Ministerio de Vivienda presentar y ejecutar, dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la decisión, una alternativa temporal de tratamiento o filtros de purificación que permitan garantizar que el agua suministrada sea técnicamente apta para el consumo humano. Esta medida deberá ser coordinada con las autoridades competentes y las comunidades.

Uribia, Esepgua y el Ministerio de Vivienda también deberán establecer un protocolo escrito para garantizar la calidad, limpieza, desinfección, mantenimiento y trazabilidad del agua, así como de los carrotanques, tanques de almacenamiento y sistemas de tratamiento o purificación.

El alto tribunal estableció, además, que Uribia y Esepgua tendrán 24 horas para presentar un plan operativo inicial que permita poner en marcha las medidas cautelares.

La Corte también llamó la atención de la viceministra de Agua, Mónica Paola Saldarriaga, para que, en un plazo de 60 días hábiles, evalúe si el deterioro progresivo de las fuentes hídricas se está replicando en otras comunidades wayuu de Riohacha, Uribia, Manaure y Maicao.

Finalmente, la Procuraduría General de la Nación realizará vigilancia y seguimiento al cumplimiento de las órdenes impartidas por la Corte Constitucional, así como de las obligaciones del Estado orientadas a garantizar la protección de los niños, niñas y adolescentes de las comunidades wayuu.

La decisión vuelve a poner en el centro del debate nacional la crisis de acceso al agua potable en La Guajira y el cumplimiento de las medidas ordenadas por la Corte para superar el Estado de Cosas Inconstitucional declarado hace casi una década.

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