Decisión de tutela suspende de forma provisional los efectos del acto electoral mientras se resuelve de fondo la controversia jurídica.
El Juzgado Segundo Penal del Circuito de San Juan del Cesar ordenó, mediante medida provisional, permitir la participación del candidato Micher Pérez Fuentes en las elecciones atípicas a la Alcaldía de Fonseca previstas para este domingo 3 de mayo de 2026, pese a la revocatoria de su inscripción adoptada por el Consejo Nacional Electoral.
La decisión se produce en el marco de una acción de tutela interpuesta por la ciudadana Yina Mercedes Solano Pérez, en la que se alegan presuntas vulneraciones a derechos fundamentales, especialmente al debido proceso y a los derechos políticos de elegir y ser elegido. El despacho judicial admitió la tutela y consideró necesario adoptar una medida urgente para evitar un perjuicio irremediable, teniendo en cuenta la cercanía de la jornada electoral.

En su análisis, el juez advirtió que, de no adoptarse una decisión inmediata, el paso del tiempo podría hacer irreversible la afectación, ya que no sería posible retrotraer el proceso electoral ni repetir las elecciones para un solo candidato. Además, señaló que existen elementos que podrían evidenciar irregularidades en el trámite adelantado por el CNE, como la presunta falta de resolución de recusaciones, lo que pondría en entredicho el debido proceso. 
Como parte de la medida provisional, se ordenó a la Registraduría Municipal de Fonseca permitir la participación del aspirante en los comicios, manteniendo vigente su inscripción mientras se emite un fallo de fondo. Asimismo, se dispuso la vinculación del CNE al proceso y la suspensión temporal de las actuaciones administrativas relacionadas con la revocatoria de la candidatura.

El despacho también ordenó a la Procuraduría Provincial de San Juan del Cesar ejercer vigilancia sobre el cumplimiento de la decisión y requirió a las entidades involucradas para que rindan informe dentro de un plazo de dos días.
La decisión tiene carácter transitorio y no define de fondo la legalidad de la candidatura, asunto que será resuelto en el curso del trámite de la tutela. Entretanto, el fallo busca garantizar el ejercicio de los derechos políticos y preservar el equilibrio del proceso electoral en el municipio.






