La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá concedió este martes 19 de agosto una tutela a favor del expresidente Álvaro Uribe Vélez y ordenó su libertad inmediata, dejando sin efecto la detención domiciliaria que había sido impuesta en primera instancia por el Juzgado 44 Penal del Circuito. La decisión no modifica el fondo del proceso penal, por lo que el exmandatario continuará vinculado al caso y a la espera de la decisión de segunda instancia sobre la condena de 12 años por fraude procesal y soborno en actuación penal.
El pasado 1 de agosto, la jueza Sandra Liliana Heredia Aranda condenó a Uribe a 12 años de prisión domiciliaria, un fallo de primera instancia de aplicación inmediata que generó la expedición de la boleta de detención. Sin embargo, la defensa apeló el fallo y el expediente pasó al Tribunal Superior de Bogotá para su revisión. El 13 de agosto la defensa radicó una apelación de más de 900 páginas en la que solicitó la revocatoria de la condena.

Con la decisión adoptada este martes, el Tribunal amparó el derecho fundamental a la libertad personal del exmandatario y ordenó expedir la boleta de libertad mientras se estudia la apelación. La corporación precisó que la tutela no constituye una absolución ni anula la condena, sino que permite que el expresidente continúe el proceso en libertad hasta que la Sala Penal resuelva de fondo. El fallo de segunda instancia podrá confirmar, modificar o revocar la sentencia impuesta.
De esta manera, la cronología reciente del proceso incluye la sentencia de primera instancia el 1 de agosto, la apelación radicada el 13 de agosto y la libertad ordenada por el Tribunal Superior el 19 de agosto. Ahora, la corporación deberá resolver en los próximos meses el recurso de apelación, lo que definirá finalmente la responsabilidad penal del exmandatario. Según reportes judiciales, la decisión definitiva podría conocerse antes de que finalice 2025.