Edicion julio 26, 2025
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Admiten demanda contra la Nación y entes territoriales por presunta afectación de derechos colectivos en La Guajira

Admiten demanda contra la Nación y entes territoriales por presunta afectación de derechos colectivos en La Guajira
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Tribunal Administrativo admite acción popular sobre vía Riohacha–Cuestecitas.

El Tribunal Administrativo de La Guajira admitió una acción popular interpuesta por el ciudadano Luis Eduardo Acosta Medina contra la Nación – Ministerio de Transporte, Invías, Findeter, el Departamento de La Guajira y el Municipio de Albania, por presuntas vulneraciones a derechos e intereses colectivos en relación con el manejo de la vía Riohacha–Cuestecitas.

La demanda busca que se ordene el amparo a derechos como el uso y goce del espacio público, la defensa del patrimonio público, la salubridad y seguridad pública, y la prevención de desastres previsibles, los cuales, según el demandante, fueron afectados por el convenio interadministrativo 0781 de 1995, mediante el cual la Nación transfirió al departamento el mantenimiento y operación de ciertas carreteras.

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Luis Eduardo Acosta Medina
Luis Eduardo Acosta Medina

Entre las pretensiones de la acción se incluye la solicitud de inaplicar y liquidar dicho convenio en un plazo de tres meses, así como que las entidades nacionales reasuman las competencias sobre el tramo vial en mención. También se pide la realización de una visita técnica para evaluar el estado de la vía, la publicación de la eventual sentencia en medios de comunicación y la conformación de un comité de seguimiento.

El tribunal ordenó notificar a las entidades demandadas, al Ministerio Público, a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y al Defensor del Pueblo. Además, se fijará extracto del auto en un medio de comunicación de amplia circulación en La Guajira, así como en la página web y cartelera del tribunal.

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Se invita a personas naturales, jurídicas y organizaciones a coadyuvar la demanda antes del fallo de primera instancia. El proceso continuará bajo el procedimiento previsto en la Ley 472 de 1998.

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